Homologación de estudios

Reconocer estudios extranjeros exige distinguir el nivel académico y el objetivo. La homologación, la equivalencia y la convalidación no producen el mismo efecto, y los títulos universitarios y no universitarios dependen de organismos y procedimientos diferentes.

Última revisión editorial: 4 de septiembre de 2026.

Universitarios: homologación o equivalencia

La homologación de un título universitario extranjero habilita para ejercer una profesión regulada incluida en la normativa. Si la profesión no figura entre las reguladas susceptibles de homologación, puede corresponder una declaración de equivalencia a un nivel académico. La solicitud universitaria se tramita electrónicamente a través del portal oficial Valida-TE.

No universitarios: homologación o convalidación

En enseñanza no universitaria, homologar declara la equivalencia con un título español; convalidar reconoce estudios por cursos españoles para continuar la formación. El Ministerio de Educación mantiene un portal específico y Cataluña, Galicia y País Vasco tienen competencias en determinados expedientes según domicilio.

Documentación, traducción y legalización

Normalmente se aportan identificación, título y certificación académica con duración, asignaturas y carga lectiva. Los documentos que no estén en castellano requieren traducción oficial. La legalización o apostilla depende del país emisor y de los convenios aplicables; para documentos universitarios de UE, EEE y Suiza existe la exención indicada por el portal oficial.

Tasa y profesión regulada

La homologación y equivalencia universitaria llevan la tasa 790-107 en los casos indicados; consulta el importe vigente antes de pagar. Una resolución académica no sustituye otros requisitos de colegiación, idioma o habilitación profesional. La convalidación de estudios universitarios parciales corresponde a la universidad española de destino.

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Preguntas frecuentes

¿Homologación y equivalencia son lo mismo?

No. La homologación se vincula al ejercicio de una profesión regulada; la equivalencia reconoce nivel académico.

¿Quién convalida asignaturas universitarias?

La universidad española en la que se pretenda continuar estudios.

¿Siempre hay que apostillar?

No. Depende del país, el documento y los convenios; comprueba la regla oficial aplicable.

Fuentes oficiales