La estancia de larga duración por estudios permite permanecer más de noventa días para estudios superiores o educación secundaria postobligatoria. Otras actividades —movilidad de alumnos, voluntariado o determinadas formaciones— tienen hojas propias y no deben tramitarse automáticamente con los requisitos de estudios superiores.
Última revisión editorial: 4 de septiembre de 2026.
Qué estudios están incluidos
La guía oficial incluye estudios universitarios oficiales o propios, enseñanzas artísticas superiores, formación profesional de grado superior y otras enseñanzas superiores autorizadas. Para secundaria postobligatoria contempla, entre otras, Bachillerato y formación profesional de grado medio. Debe existir admisión en un centro autorizado, programa a tiempo completo cuando corresponda y acreditación del pago de inscripción o matrícula exigida.
Desde el consulado o desde España
Desde fuera de España el itinerario normalmente comienza con la solicitud de visado en el consulado español competente. La posibilidad de presentar desde España depende del tipo de estudios y de encontrarse en la situación permitida por la norma. La hoja vigente establece con carácter general una antelación mínima de dos meses respecto del comienzo, salvo imposibilidad justificada por fechas de matrícula u otras circunstancias excepcionales.
Medios, seguro y documentación
Deben acreditarse pasaporte, admisión y matrícula, medios económicos para estancia y regreso y seguro de enfermedad con cobertura adecuada. Según edad y duración pueden exigirse antecedentes penales y otros documentos. Los importes vinculados al IPREM cambian, por lo que deben consultarse al preparar la solicitud. Los familiares admitidos y sus medios adicionales dependen del supuesto.
Trabajo, prórroga y TIE
La compatibilidad con trabajo no es idéntica en todas las modalidades: revisa límites y condiciones en la autorización concreta. La prórroga se solicita en los periodos indicados por la hoja oficial, acreditando continuidad de estudios, medios, seguro y tasa. Cuando la estancia concedida supera seis meses, normalmente hay que solicitar la TIE personalmente dentro del mes siguiente a la entrada o concesión aplicable.
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Preguntas frecuentes
¿La carta de admisión basta para obtener la estancia?
No. También deben cumplirse los requisitos económicos, de seguro, documentación y presentación.
¿Puedo presentar desde España?
Solo si tu tipo de estudios y situación actual encajan en los supuestos oficiales; comprueba la hoja antes de agotar el plazo.
¿Puedo trabajar mientras estudio?
Puede existir compatibilidad, pero sus condiciones dependen de la modalidad y de la actividad; no presupongas que es ilimitada.